En este estado, y luego de un lapso de espera de treinta minutos, el Tribunal en cumplimiento de la comisión conferida por el Juzgado de la causa así como del principio constitucional a la tutela judicial efectiva previsto en el artículo 26 de la Carta magna, que garantiza entre otros supuestos la ejecución efectiva de las medidas preventivas y ejecutivas dictadas por los Tribunales de la República, declara SECUESTRADO el inmueble constituido por una vivienda situada en la calle Salias Nº 43-4, Turmero, municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, alinderado por el Norte: En 10 metros con la calle Salias que es su frente; por el SUR: En 10 metros con una faja de terreno de un metro de ancho de desagües y colindando en parte con terreno de la familia Aponte y en otra parte con terreno de Francisco Mier y Terán y otros; Este: En 43,70 metros con casa-quinta que es de la familia Chassaigne y OESTE: En 43,70 metros con casa que es o fue de Tomás Ochoa, lindando con pared divisoria que mide.....