Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana¬ de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda que, por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, incoara la sociedad mercantil CORPORACIÓN MENE 3, C. A.., contra la ciudadana NEIRA ISABEL ROSALES de ROJAS, todos suficientemente identificados en el texto de este fallo.
A tenor de lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil se condena en costas a la parte actora.
De conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación de la presente decisión.
Publíquese, regístrese y notifíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolita¬na de Caracas, en Caracas, a dos (02) días del mes de noviembre del do.....