Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO DE MUNICIPIO TOVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN EL NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. Declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulado por los ciudadanos: PEDRO LUIS MUTTACH HUERTA y ROSARIO BLASINA MEJIAS BANDES, venezolanos, mayores de edad, Titulares de la Cedulas de Identidad Nos.V-12.481.304 y V-12.482.630, respectivamente y en consecuencia queda DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que los unía, contraído el Veinticinco 25 de Noviembre de Mil Novecientos Ochenta y Ocho (1988), por ante La Prefectura Civil del Municipio Tovar Distrito Ricaurte del Estado Aragua. LIQUÌDENSE LOS BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en el Juzgado del Municipio Tovar de la Circunscripción Judicial Del Estado Aragua. A los Dos (02) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Nueve (2009).
EL J.....