Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación formulado por la parte recurrente, ciudadano AB, titular de cédula de identidad Nº V-xx, en contra de la decisión dictada en fecha 15 de diciembre de 2014, por el Juzgado Cuarto de Juicio de este Circuito Judicial Laboral, la cual se confirma. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas de la parte recurrente. TERCERO: Remítase el expediente a su Tribunal de origen para su cierre y archivo.