Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN por la parte demandada, contra la decisión dictada en fecha 27 de septiembre de 2023, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay, y en consecuencia SE REVOCA el auto que escucho el recurso de apelación. SEGUNDO: Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.