DECISIÓN
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el reconocimiento de contenido y firma solicitado por el ciudadano JIANLONG CEN, identificado con la cedula de identidad N° E-84.410.742, debidamente asistido por la abogada MARIBEL JOSEFINA URRIBARRI DE GARCIA, inscrita en el inpreabogado bajo el nro. 53.357, contra la sociedad Mercantil CORPORACION C.&.M. 2025, C.A. Inscrita en el Registro Único de Información Fiscal (RIF), con el número J307440031, representada legalmente por los ciudadanos, RICARDO MIGUEL FARIA SERRAO y MARIA MATILDE GUTIERREZ OCHOA, identificados con las cedulas de identidad bajos los N°. E-81.602.736 y V-9.136.232, se inició con demanda, admitida por auto de fe.....