SEGUNDO: Por cuanto están llenas las exigencias del Artículo 185-A, del Código Civil vigente, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos ROMAN ANTONIO BRICEÑO RODRIGUEZ y CARLA HAYDEE DEL VALLE RODRIGUEZ MOLINA, ya identificados; en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante el Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua, desde el 19 de diciembre de 2001, la cual corre inserta al folio 132, Tomo V, acta 66, de los Libros llevados en esa Oficina y que riela en copia certificada al (folio 3) del expediente.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia del presente fallo.
Dada, Sellada y Firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercant.....