Se declara INADMISIBLE el Recurso Contencioso Tributario interpuesto subsidiariamente al recurso jerárquico por el ciudadano Guo Nie Chan, actuando en su carácter de administrador de la Contribuyente RESTAURANT Y CERVECERÍA JAI JAU, C.A. en virtud de que el mencionado Recurso fue firmado y presentado por el ciudadano supra mencionado, no constatándose en autos que el mismo haya sido asistido por un profesional del derecho, en virtud de lo cual, resulta forzoso a este operador de justicia concluir que en el presente caso se configuró la causal de inadmisibilidad prevista en el numeral 3 del Artículo 266 del Código Orgánico Tributario vigente y el artículo 4° de la Ley de Abogados, en concordancia con el ordinal 3° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.