En atención a lo antes expuesto este Tribunal en apego a lo establecido en el articulo 12 en perfecta concordancia con el articulo 362 del Código de Procediemnito Civil este Juzgado del Municipio Acosta Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela DECLARA CON LUGAR la presente acción de DESALOJO E INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS intentada por la ciudadana Cruz Maestre en contra del ciudadano Carlos Alfredo Ceballo, previamente identificado. En consecuencia: 1) se condena al demandando al pago de los cánones de arrendamiento insolutos hasta la fecha de la entrega efectiva al demandante del inmueble objeto de esta controversia. 2) Hacer entrega material, real y efectiva del inmueble arrendando completamente desocupado y en perfecto buen estado. 3) El pago de costas por haber sido totalmente vencido, articulo 274 del Código de Procedimiento Civil Vigente. PÚBLIQUESE, REGISTRESE Y DÉJESE COPIA, DADA, FIRMADA Y SELLADA EN LA SALA DEL DESPACH.....