Este Tribunal Segundo Ejecutor de Medidas visto el convenimiento efectuado por las partes se abstiene de materializar la ejecución de la medida y ordena remitir estas actuaciones al Juzgado de la Causa junto con cheque N° 41600284, del BANCO NACIONAL DE CRÉDITO, girado de la cuenta corriente N° 0191 008635 2186010328, a la orden del JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL ESTADO ARAGUA, por el monto de CUARENTA Y DOS MIL OCHENTA Y SEIS BOLIVARES CON NOVENTA Y SEIS CENTIMOS (42.086,96 Bs.)