Por los razonamientos que anteceden este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y con apego a los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado en ejercicio ERNA JHOVANA GONZÁLEZ MENDOZA, actuando en representación sin poder de la parte demandada de conformidad con el artículo 168 del Código de Procedimiento Civil, en contra del auto de fecha 10 de Mayo de 2.013, emitida por el Juzgado Segundo de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En consecuencia se MODIFICA el auto apelado en los términos anteriormente expuestos.-
Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.-