este JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA CIUDAD DE MARACAY, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la medida de amparo cautelar solicitada por la sociedad mercantil PLUMROSE LATINOAMERICANA, C.A., contra el acto administrativo con-tenido en la Providencia Administrativa No. PA-US-ARA-0009-2015, dictada en fecha 13 de Julio de 2015, por la Gerencia Estadal de Salud de los Trabajadores Aragua del estado Aragua (GERESAT-Aragua), adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), en la cual se impone multa contra la sociedad mercantil PLUMROSE LATINOAMERICANA, C.A. (PLANTA EMBUTIDOS), por la cantidad total de DOS MILLONES CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS BOLIVARES EXACTOS (Bs. 2.174.700,00), de conformidad con lo previsto en los artículos 118 numeral 01, 06, artículo 119 numeral 06, 22,19 y el articul.....