IV. DISPOSITIVA
En virtud de las consideraciones de hecho y derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Primero Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los abogados CARMEN TERESA COLMENARES HUERFANO y PEDRO MIGUEL COLINA CHAVEZ inscritos en el Inpreabogado, bajo los Nros. 86.143 y 233.550 respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil "BIO FLEX C.A", contra la sentencia publicada en fecha 11 de agosto de 2025, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Aragua. En consecuencia:
SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia dictada en fecha 11 de agosto de 2025, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Aragua recurrida.
TER.....