Las partes celebraron convenimiento, la demandada debidamente asistida de Abogado ofrecio cancelar la cantidad de Bs. 8000, a los fines de dar por terminado la controversia; pagaderos de la forma siguiente: Bs. 3000 en este acto en dinero en efectivo y de curso legal; y Bs. 5000, en cuotas mensuales de Bs. 500, pagaderos los primeros cinco dias del mes, contados a partir de Marzo del presente año; y para ser depositados en la Cta. Corriente señalada en el acta, a nombre de la parte actora. La Demandante acepta el ofrecimiento, en los terminos expuestos, recibio la cantidad de Bs. 3000, en dinero en efectivo y de curso legal y solicito al Tribunal se abstuviera de practicar la medida y que remitiera la comision al Juzgado de la causa, a los fines que le impartiera la Homologaciòn de Ley. El Tribunal visto el convenimiento celebrado por las partes, se abstuvo de practicar la medida preventiva de embargo y ordeno remitir la comisiòn al Tribunal de la causa, a los fines legales consig.....