DISPOSITIVA
Por las razones que anteceden y de conformidad con lo establecido en los Artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: La PERENCIÓN DE LA INSTANCIA. en la presente de demanda de INTERDICTO DE AMPARO, interpuesta por el ciudadano HUMBERTO GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.017.695 , debidamente asistido por los abogados en ejercicio RAFAEL GUILLERMO MALUENGA, ENRIQUE HERNANDEZ AZUAJE Y NORELIS MALUENGA inscritos en el inpreabogado bajo los Nros
6.281., 47.642 y 54.756, respectivamente. Contra: LA EMPRESA RAZANTE C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de Maracay, en fecha 01-02- 1983,bajo el Bajo el N° 01,tomo 102-A representada por el ciudadano ENMANUELLE BON.....