IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada por el abogado LUIS TADEO MARCANO SUAREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 34.818, en su carácter de Apoderado Judicial de la sociedad mercantil "CONSORCIO ISVEN, C.A.", ejerció acción de Nulidad contra la Providencia Administrativa N° 0490-2011, de fecha 18 de julio del 2011, en el expediente N° 043-2010-01-03187, dictada por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Atanasio Girardot, Mario Briceño Iragorry, Santiago Mariño, Francisco Linares Alcántara, Costa De Oro y Libertador del Estado Aragua, mediante la cual declaró Con Lugar la Solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos; interpuesto por la ciudadana "MARIA GABRIELA CARRILLO", titular de la cedula de identidad Nº 18.547.517, plenamente identificado a los autos.