Por lo tanto este Tribunal a los efectos de no dejar en indefensión a la parte demandada, o mejor dicho a los herederos conocidos y desconocidos y garantizar el derecho a la defensa y el debido proceso ordena la citación de los referidos herederos, para que comparezcan a dar contestación a la presente demanda, mediante boleta personal a la conocida, señalada en el acta de defunción del co-demandado cursante al folio 263, vale decir, a la Ciudadana Anglenygel Karen Álvarez Vielma, de conformidad con el articulo 218 del Código de Procedimiento Civil y mediante Edicto a los desconocidos de conformidad con el articulo 231 del Código de Procedimiento Civil. Observa esta Juzgadora que de conformidad con el artículo 216 del Código de Procedimiento Civil, se tiene por citada a la co-demandada Ciudadana Glenys Josefina Vielma de Álvarez, ya que de autos consta que a través de sus apoderadas judiciales compareció ante este Tribunal. Así se decide. Notifíquese a las partes de la presente de.....