DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE EN RAZÓN DE LA CUANTÍA, para conocer de la presente acción de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMPRA VENTA, intentada por la ciudadana IRMA RIGOBERTA DÍAZ PRADA, contra los ciudadanos JUAN FÉLIX TORREALBA TORRES y GLORIA MARGARITA PAREDES DE TORREALBA. En consecuencia se declina la misma al Tribunal Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en esta ciudad de Maracay, para siga conociendo de la causa, a quien se ordena remitir mediante oficio el presente expediente en la oportunidad de Ley, remítase con oficio. En Maracay, a los tres (03) días del mes de marzo de 2011, Años 200° de la Independen.....