Vista la Acusación interpuesta por el Representante de la Fiscalía (15°) del Ministerio Público del Estado Aragua, Abg. SACHENKA LUGO, en contra del ciudadano JOSE GREGORIO PARALES, por el delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA previsto y sancionado en articulo 259 en su encabezado de la ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescente y el delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE previsto y sancionado en el articulo 260 en concordancia con el articulo 259 en su encabezado en concordancia con el articulo 99 del Código Penal, este Tribunal pasa a dictar auto de apertura a juicio, cumpliendo con lo establecido en el artículo 107 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, SE DICTA AUTO DE APERTURA A JUICIO.-