Primero: CON LUGAR la solicitud de rectificación de acta de nacimiento del ciudadano JEAN CARLOS ROJAS DI MATTEOS, en consecuencia, SE ORDENA al Registrador Civil del Municipio Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, efectuar la debida corrección en el Acta de Nacimiento Nro. 2.132, Folio 184, Tomo DII, del año 1992, en el sentido de que DONDE DICE: ...quien es su hijo y de su esposa HERMINIA DI MATTEOS BRASTEGUIESI DE ROJAS...",DEBE DECIR "...quien es su hijo y de la ciudadana HERMINIA DI MATTEO BRASTEGUIER, soltera del hogar, natural de Maracay...",
Segundo: Ofíciese lo conducente al referido Registrador Civil del Municipio Mario Briceño Iragorry y al Registrador Principal del Estado Aragua, a los fines de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 502 del Código Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, y 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil.
Tercero:Regístrese, publíquese y déjese copia de la presente decisión......