En consecuencia, este Juzgado HOMOLOGA en los términos expuestos por las partes la transacción celebrada, confiriendo a la misma los efectos de cosa Juzgada del modo en que lo prevé el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo y, de conformidad con lo previsto en el numeral 3 del artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, acuerda la expedición de dos copias certificadas de la presente acta, que las partes recibirán en este mismo acto. Finalmente, este Juzgado ordena la terminación de la presente causa y el archivo judicial del expediente, toda vez que se ha recibido el total del pago acordado, por último se deja expresa constancia y Así lo declara las partes recibir en este acto, la pruebas que cada una presento en la oportunidad de la audiencia preliminar