Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Laboral del Estado Aragua, Administrando Justicia impartida en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO incoado por el ciudadano JUAN FELIX ZERPA, en contra del ciudadano LUIS ELIAS HERNANDEZ PEREZ, titular de la cédula de identidad N° V-1.586.522, demandado solidariamente como persona natural. SEGUNDO: Se deja sin efecto la Notificación efectuada a la sociedad de comercio EDIVEN, C.A, plenamente identificada en los autos, a quien se ordena librar nuevo cartel de notificación en los mismos términos ordenados en el auto de admisión de la demanda interpuesta, a objeto de la celebración de la audiencia preliminar en el presente asunto; TERCERO: Se ordena la continuación de la presente causa, incoada contra la sociedad mercantil EDIVEN, C.A.- Líbrese Carteles.-
Publíquese, Notifíquese y.....