Mediante la cual se SANCIONA al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, identificado en autos, a cumplir la sanción de CUATRO (04) MESES DE REGLAS DE CONDUCTA, conforme a lo establecido en el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana: YISLANA KARELIS PEREZ NOGUERA, Así mismo se deja Expresa Constancia que para la data (03/04/2013) de la publicación de la presente decisión, esta sede judicial presentaba contingencia con el Sistema Juris 2000.-