III
Por todos los razonamientos antes expuestos, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia emanada de las ciudadanas y ciudadanos, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR la impugnación de fecha 18 de marzo del año 2014, suscrita por el abogado NELSON ULISES ÁLVAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 27.114, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ROBERT ANIBAL ROJAS e YRIS MARIBEL BRITO OCHOA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nos. V. 9.683.035, V. 9.654.447, respectivamente, contra la sustitución de poder suscrita en fecha 20 de febrero del año 2014, por el abogado JOSE LUIS SEGOVIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.183.248, en la abogada NELLYS JOSE CALLASPO BRITO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 74.225 y como consecuencia, queda incólume ta.....