Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, actuando en sede constitucional, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Declara DESISTIDA la presente acción de Amparo Constitucional incoada por la ciudadana FANNY BEATRIZ QUINTERO DAVILA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.232.212 en contra del CENTRO SOCIAL Y CULTURAL CASA DE LOS ANDES inscrita ante el Registro Subalterno de Registro del Primer Circuito del Municipio Girardot del estado Aragua en fecha 02 de junio de 1955 bajo el N° 107, Protocolo Primero Tomo 02, en la persona de su Presidente ciudadano SERGIO GUILLERMO GARCIA IBARRA venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 6.973.498. SEGUNDO: Se ordena Suspender la medida decretada por este Tribunal en fecha 24 de noviembre de.....