Por todas las evidencias y razones aquí expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, SEDE LA VICTORIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR LA FALTA DE CUALIDAD PARA SER LLAMADA A JUICIO del RICARDO AMARO DE AZEVEDO FIGUEIRA, SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por Cobro de diferencia de Prestaciones Sociales incoara el ciudadano: ROBERT ENRIQUE CALANCHE SUTIL, titular de la cédula de identidad N° V-9.698.086, contra la empresa TRANSPORTE GANADERO R.D.A, C.A., plenamente identificado en autos. En consecuencia, se condena a la parte demandada a pagar la cantidad de Veintiún mil setenta y nueve bolívares con ochenta y cinco céntimos (Bs. 21.079,85) de la manera como se indico en la motiva del presente fallo. TERCERO: No hay condenatoria en costas por no haber vencimiento total en juicio. Cúmplase con lo orde.....