Se publicó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declara: PRIMERO: Con lugar la apelación ejercida por la parte demandada. SEGUNDO: Se Repone la causa al estado de que se celebre la audiencia preliminar, quedando revocada la sentencia de fecha, 01 de febrero de 2012, dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial.