PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado CARLOS DESIDERIO DELGADO, Inpreabogado Nº 28.570, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, ciudadanos YOLANDA RAMONA MELENDEZ DE RICAPA y JHONY ARTURO RICAPA HERNANDEZ, venezolanos mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad nos V-3.713.990 y V-3.146.947, respectivamente, en contra de la sentencia dictada por el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Lamas de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Cagua en fecha 18 de noviembre de 2016.
SEGUNDO: SE CONFIRMA en los términos expuestos por esta Alzada, la sentencia dictada por el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Lamas de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Cagua en fecha 18 de noviembre de 2016. En consecuencia:
TERCERO: IMPROCEDENTE, la impugnación de la cuantía realizada por el abogado Ca.....