En este estado, siendo la 01:10 de la tarde, agotado el lapso de espera, intervino el endosatario en procuración de la parte actora, Dr. Franklin Angulo y expuso:"En virtud de la inexistencia de bienes embargables objeto de este acto, concedo a la parte demandada, ciudadana Elizabeth Palma, identificada en autos plazo hasta perentorio hasta el día viernes 06 de junio de 2008 a las 9:00 de la mañana, para que la referida ciudadana abone la cantidad de Dos Mil Bolívares Fuertes, (BSF.2000) los cuales serán entregados en la sede del tribunal Ejecutor para que surta los efectos legales correspondientes. Me reservo el derecho de continuar el procedimiento para ejecutar la medida de embargo decretada, es todo".