Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL, contraído por los ciudadanos FREDY RODOLFO CONTRERAS ACEVEDO y BELKIS ZENAIDA MATHEUS VITRIAGO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos 2.023.734 y 7.012.881, identificados en autos el día "04 de agosto de 2000" por ante la Primera Autoridad Civil de la Alcaldía del Municipio Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, bajo el Nº 248, Tomo C, Folio 130 y 131, Año 2000.-
Publíquese, regístrese y déjese copia.