Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por la parte recurrente DESCART INDUSTRIES LTDA, C.A, inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción judicial del Estado Aragua, bajo el Nro. 42, Tomo 36-A, contra el Acto Administrativo contentivo de la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 00608/12, dictada en fecha 01 de agosto de 2012, en el expediente N° 043-2011-01-05792, dictado por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Girardot, Costa de Oro, Mario Briceño Iragorry, Libertador, Linares Alcántara y Mariño del Estado Aragua, en la cual declaro con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos iniciada en su contra por la ciudadana GLADYS MERCEDES RONDON. SEGUNDO: SE REVOCA la decisión .....