Se publica la sentencia mediante la cual se SANCIONA conforme al Procedimiento por admisión de los Hechos al imputado IDENTIDAD OMITIDA por la comisión del delito de DETENTACION DE ARMA DE FUEGO Y USO INDEBIDO DE MUNICIONES, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal y articulo 09 de la Ley sobre Armas y Explosivos y su reglamento, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; a cumplir la sanción de NUEVE MESES DE REGLAS DE CONDUCTA.