DECISIÓN
Por las consideraciones precedentemente expuestas este JUZGADO PRIMERO DE JUICIO DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA INADMISIBILIDAD de la presente demanda, en consecuencia SIN LUGAR la acción por CALIFICACIÓN DE DESPIDO, incoada por el ciudadano NELSON CESAR VALENZUELA BRITO, mediante sus apoderados judiciales Abogados TOMAS C. LUGO V. y MANUEL S. PERDOMO V. en contra de la Sociedad Mercantil PLANTAS Y EQUIPOS INDUSTRIALES, S.A. Así se Decide. SEGUNDO: Hay Condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se Decide.-