Primero: Declarar la competencia de este Tribunal, para decidir el recurso interpuesto Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, por el ciudadano José Gonzalo Ortega Guillén, ut supra identificado, contra la República Bolivariana de Venezuela por Órgano del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social a través de la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas.
Segundo: Declarar Sin Lugar el recurso interpuesto, por las razones explanadas en la motiva del presente fallo.
Tercero: En acatamiento a lo previsto en el artículo 86 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República Nº 6.286, de fecha 30 de julio de 2008, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.892 Extraordinario, de fecha 31 de julio de 2008, notifíquese bajo Oficio, el contenido del presente fallo a la ciudadana Procuradora General de la República,.....