Este Juzgado Sexto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO de apelación interpuesto por la parte actora contra la decisión de fecha 19 de marzo de 2010, dictada por el Juzgado Trigésimo Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en consecuencia se ordena al Juzgado identificado supra, dictar sentencia en base a los parámetros establecidos en la parte motiva del presente fallo. SEGUNDO: SE REVOCA la decisión apelada. No hay condenatoria en costas.