esta Sala 7 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la Inhibición presentada el 25 de julio de 2011, por la ciudadana LUCÍA PATRICIA SUÁREZ CUEVA, en su carácter de Juez Trigésima (30°) de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en la causa signada con el Nº 562-10, nomenclatura de ese Despacho, seguida al ciudadano DOUGLAS MANUEL CARTAGENA GÍL, con fundamento en el artículo 86, numerales 4 y 8 del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo en consecuencia la juez inhibida seguir conociendo de la causa sometida a su conocimiento, todo ello a tenor de lo dispuesto en los artículos 94 y 101 ejusdem.
Regístrese, publíquese, diarícese la presente decisión. Remítase el presente cuaderno de incidencia al tribunal de origen así como copia certificada al Juez sustituto temporal.
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