En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADA en derecho la transacción celebrada entre el ciudadano Miguel López, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro.V.11.335.024, de este domicilio, actuando en su carácter de Representante Legal de la empresa ACREEDORA INVERSIONES MIGLOP & ASOCIADOS C.A.,quien estuvo debidamente asistido en este acto por la abogada Ruthselys Brito, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.104.316; y la parte demandada, ciudadano César Colivert, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro.13.092.008 y de este domicilio, estuvo representada por su apoderado judicial abogado Numa José Rojas Salazar, titular de la cédula de identidad Nro.V.13.476.025, inscrito en el Instituto de Previsión.....