II
DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: EL LEVANTAMIENTO de la medida cautelar innominada decretada en fecha 02 de Noviembre de 2010, que consistió en autorizar a la parte demandante ciudadana: LISEI JOSELI BIEL BLANCO venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-16.435.606 "...transitar libremente en todo el territorio nacional con el vehículo objeto de la presente acción hasta tanto sea
decidido el fondo de la controversia..." Vehículo cuyas características son las siguientes: marca; Toyota, modelo; Yaris Belta MT, año 2009, clase: Automóvil, Tipo; sedan, uso; particular. Color: Blanco, placas; AB557BA, serial del motor INZD321936, serial de la carrocería y chasis: JTDBT923091320.....