Por lo antes expuesto, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, presentada por la abogada KARLYS BARRIOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.230.466, en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos CARLOS MIGUEL CALDERON PINEDA Y BRENDA PAOLA PINTO SOLER, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles, este domicilio, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 19.755.301 y V-22.209.244, respectivamente, según consta en documento poder debidamente autenticado por ante la Notaria Publica de la Victoria del Estado Aragua inserto bajo el N° 208, tomo 70, folios 114 hasta 116, de fecha 11 de febrero de 2022, fundamentada en los mencionados principios, la Sala Constitucional .....