SANCIONA CONFORME AL PROCEDIMIENTO ESPECIAL POR ADMISION DE LOS HECHOS, a los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión del delito de por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado el Articulo 458 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano ELIEZER MISAEL NUÑEZ, y en consecuencia lo CONDENA a cumplir la sanción de SEIS (06) MESES DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD y de forma simultánea DOS (02) AÑOS DE REGLAS DE CONDUCTA, ordenándose su egreso desde esta sala de audiencias. Asimismo se ordena dejar sin efecto las ordenes de captura en contra del referido acusado.