Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de
la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara " SIN LUGAR " la demanda que por DESALOJO intentada por los Abogados en ejercicio CARLOS FRANCISCO BOFFIL RODRIGUEZ y CLAUDIA TINA CORRENTE GARCIA, venezolanos, mayores de edad,
titulares de las cédulas de identidad Nos. 7.200.140 y 12.241.748, inscritos en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo los Nos. 37.978 y 67.241 respectivamente, actuando con el carácter de Apoderados Judiciales de la Empresa " INMOBILIARIA MARIA, C.A., contra la ciudadana LUZ MARINA MARQUEZ MORA, titular de la cédula de identidad Nº 4.569.400, sobre el inmueble constituido por un Apartamento, propiedad
de su representada, ubicado en el Edificio Murachi, en la Avenida .....