IV
DECISIÓN
En virtud de lo anteriormente, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República y Por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, la presente acción de amparo constitucional intentada por YELISKA PATRICIA LEON BERMUDEZ contra la empresa VENEGIROS CASA DE CAMBIO C.A.
Comuníquese, Regístrese y Publíquese.
Dada, firmada y Sellada en la Sala de Audiencia del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Maracay, a los tres (03) días del mes de Octubre de 2008. Años 198° de la Independencia y 149° de la federación.
El Juez de Juicio,
Abogado Héctor Castellanos Aular La Secretaria,
Abogado Lisselot Castillo
En la misma fecha se publico el fallo.
La Secretaria,
Abogado Lisselot Castillo
HCA/LC/mh