Con fundamento en las consideraciones anteriores, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE CONFIRMA la decisión dictada en la presente causa en fecha 15 de febrero de 2017 por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, de Protección y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en la Victoria. En consecuencia se declara:
SEGUNDO: La INTERDICCIÓN PROVISIONAL de la ciudadana JULIANA QUAMINA REYES, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V- 3.137.212.
TERCERO: Se designa como TUTOR INTERINO de la ciudadana identificada en el particular que antecede, al ciudadano HERNAN EMILIO QUAMINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.136.095. Por ello, en conformidad con el artículo 347 del Código .....