Por lo antes expuesto, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, presentada por los ciudadanos GREILEES DEL VALLE CAMPOS NAVAS y SAMMY RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles, este domicilio, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-20.808.072 y V-13.409.251, respectivamente, asistidos por la abogada KARLYS BARRIOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.230.466, fundamentada en los mencionados principios, la Sala Constitucional de este tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia 693 de fecha 02 de Junio de 2.015. En consecuencia, se declara disuelto el Vínculo Matrimonial que los une, contraído en fecha 21 de enero de 2019, por ante el Registro Civil del Muni.....