IV
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la solicitud de Divorcio 185 del Código Civil, adminiculado a la Sentencia Nº 693, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 2 de Junio de 2014, presentada por los ciudadanos NELLY JOSEFINA MONTERO y FREDDY ARTURO CHAVEZ RODRIGUEZ, identificados con las cedulas de identidad Nros. V-8.631.261 y V-7.273.739 respectivamente, en consecuencia, queda disuelto el vínculo conyugal contraído en fecha 8 de diciembre del 1988, por ante el Registro Civil del Municipio Girardot del estado Aragua, según se evidencia de Acta Nº 1561, Tomo 9, Año 1988, asentada en los libros de matrimonios llevados por ante el mencionado Registro.
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