Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: la CONFESIÓN FICTA DE LA PARTE DEMANADADA, y en consecuencia, CON LUGAR: la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, específicamente en cuanto a la TRADICION LEGAL u OBLIGACIÓN DE HACER contenida en el mismo, que tiene incoada la ciudadana MARIA HERTENCIA FORERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.365.752, y de este domicilio, en contra de la ciudadana ARGELIA EMILIA RANGEL, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.418.378, y de este domicilio.