En consecuencia, este Tribunal se declara Incompetente por razón del Territorio, para conocer y decidir el presente procedimiento, razón por la cual DECLINA su competencia al Juzgado del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a quien se ordena remitir el presente expediente, para la continuación del mismo. Désele salida. Líbrese Oficio.-