Declara: PRIMERO: SIN LUGAR LA PRESCRIPCIÓN alegada por la Sociedad Mercantil PDVSA PETROLEO, S.A.; y, SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción intentada por el ciudadano MIGUEL ANGEL ROMERO, en contra de la Sociedad Mercantil PDVSA PETROLEO, S.A.; identificados en autos. En consecuencia, se ordena a la empresa a pagar la cantidad DIEZ MIL TRESCIENTOS VEINTE BOLIVARES CON 03/100 (Bs. 10.320,03); por concepto de diferencia de prestaciones sociales. Se ordena la Notificación de la Procuraduría General de la Republica.