PRIMERO: Se Admite PARCIALMENTE la acusación presentada por la Fiscalía 22° del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del estado Aragua Estado Aragua, en contra del ciudadano MIGUEL ELOY PACHECO, titular de la cedula de identidad V-28.097.132, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCION DE UN ROBO PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTICULO 405 EN RELACION AL ARTICULO 406.1 DEL CODIGO PENAL, por cuanto dicha acusación cumple con los requisitos exigidos por el artículo 308 del Código Orgánico Procesal Penal. Y Se Admite la interposición de la Acusación Particular Propia, por cuanto fue presentada en el lapso oportuno, conforme a lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. Ahora bien la Acusación Particular Propia se admite parcialmente por cuanto esta juzgadora no admite las agravantes del articulo 77 numerales 4, 5, 9, 11, 12 y 14 del Código Penal, admite la acusación particular propia por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFIC.....