Éste Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, declara TITULO SUPLETORIO, suficientemente a favor de la ciudadana: DIANA MARGARITA MATOS ESCOBAR venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-15.471.376, sobre unas bienhechurías construidas en un terreno propiedad Municipal, ubicado en Sector Bello Monte II, Callejón Santa Eduviges, Nº 18, Municipio José Félix Ribas La Victoria Estado Aragua, cuyo número catastral es 05-02-02-00-00-01-547-13-76, las cuales están enclavadas en un área de terreno de CIENTO SETENTA METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y UN CENTIMETROS (170,81 mts²), con un área de construcción de CIENTO CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADO CON VEINTIOCHO CENTIMETROS (154,28MTS²), comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Con familia Azualde; SUR: Con Familia Martínez; ESTE: Con Callejón Santa Eduviges OESTE: Con familia Silvia. Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil......